El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma al artículo 27 constitucional, con lo cual se permitirá a extranjeros comprar inmuebles en playas y litorales mexicanos. Las bancadas de PRI y PAN sumaron fuerzas y así se dio el primer paso para que ciudadanos de otras naciones adquieran propiedades en la –hasta ahora– llamada zona restringida, la cual comprende una franja con profundidad de 100 kilómetros en las fronteras y de 50 en las playas.
La reforma explica que el Estado mexicano seguirá otorgando el dominio a extranjeros sobre tierras y aguas siempre y cuando convengan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores considerarse nacionales y se comprometan a no invocar, por lo que hace a éstos, la protección de sus gobiernos, pues en ese caso perderán el beneficio de la nación.
Así, para permitir que los extranjeros compren tierras en la zona restringida, se condiciona su adquisición a cuatro razones:
"Que el uso de las tierras sea destinado para vivienda única y exclusivamente. Que el uso de las tierras no tenga uso comercial, industrial, agrícola o cualquier otro que implique explotación económica directa o indirecta que derive de un uso a la vivienda o casa habitación. El extranjero deberá convenir con la Secretaría de Relaciones Exteriores, en los términos de la fracción primera, párrafo noveno, del artículo 27 constitucional. En caso de que las tierras sean destinadas a un uso distinto al de vivienda, la ley establecerá los procedimientos para que el extranjero pierda los bienes adquiridos en beneficio de la nación."
No comments:
Post a Comment